El reclamante denuncia un posible incumplimiento de la medida, mientras que la empresa se opuso a ella y pidió alzarla.
Para el miércoles 24 de abril, a las 09:00 horas, fijó el Tribunal Ambiental de Valdivia la audiencia que revisará la medida cautelar decretada el pasado 27 de marzo y que restringió la profundidad de las tronaduras, de manera preventiva.
En dicha oportunidad, el Tribunal Ambiental de Valdivia prohibió las tronaduras que, por diseño, ubicación y profundidad de banco a tronar, se sitúen por debajo de los 100 metros sobre el nivel del mar y sólo autorizó las tronaduras que, en virtud de su ubicación y profundidad, se efectúen en estratos fluvioglaciales cuaternarios y en areniscas grises de la Formación Loreto.
El reclamante denunció un presunto incumplimiento de dicha medida, ya que la empresa habría realizado una tronadura “en estratos diferentes a los autorizados, como son los de limolita y arcillolita”.
Por su parte, la empresa se opuso a la medida cautelar y sostuvo que esta sería “en extremo gravosa” y que impediría la extracción de aproximadamente 97,5% de las reservas de carbón del yacimiento. Además, reiteró que distintos servicios concluyeron que las tronaduras no tendrían un impacto significativo en el componente paleobotánico.
La medida cautelar decretada por el Tribunal Ambiental de Valdivia tiene como objetivo resguardar los fósiles paleobotánicos que puedan existir en el lugar de ejecución del proyecto, emplazado en parte de la Formación Loreto, mientras dure el proceso judicial.
El reclamante solicitó que el Tribunal suspenda la autorización a las tronaduras; mientras que la empresa pidió que deje sin efecto dicha medida cautelar o, en su defecto, fije una caución al reclamante para responder económicamente por los perjuicios que podrían originarse. Minera Invierno estimó la afectación económica en US$100.000.000 y pidió una caución correspondiente al 15% de dicho monto.
Acceda al expediente electrónico del caso R-77-2018.