El Tercer Tribunal Ambiental de Chile nace en cumplimiento a la Ley 20.600 que crea los Tribunales Ambientales en el país, se instaló administrativamente el 7 de octubre del 2013 en la ciudad de Valdivia, e inició su función jurisdiccional el 9 de diciembre de dicho año. Su labor es resolver las controversias ambientales que se produzcan en las regiones de Ñuble, del Biobío, de la Araucanía, de Los Ríos, de Los Lagos, de Aysén, y de Magallanes. Según lo que indica la Ley, está integrado por tres Ministros Titulares -es decir, dos abogados y un licenciado en ciencias-, y dos Ministros Suplentes -un abogado y un licenciado en ciencias. Es un tribunal independiente y especializado en materias ambientales, y se somete a la superintendencia correccional, disciplinaria y económica de la Excelentísima Corte Suprema de Chile.

Ámbitos de Competencia

  1. Conocer de reclamaciones contra actos administrativos de carácter ambiental.
  2. Conocer demandas para la reparación del daño ambiental
  3. Conceder autorizaciones a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en casos determinados.
  4. Otras materias que indiquen las leyes 

Para facilitar el acceso a la justicia especializada, el Tribunal dispone de un Sistema Electrónico de Gestión de Causas. Para más información sobre este Sistema, consulte el Manual de Uso.

Ministros del Tribunal

Ex-Ministros

Personal