Este jueves se realizaron los alegatos en la reclamación interpuesta por un grupo de vecinos, tras la aprobación del proyecto inmobiliario.
El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, escuchó este jueves los alegatos en la reclamación que interpuso la Junta de Vecinos Torobayo junto a otras organizaciones y personas naturales, contra la resolución de la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de Los Ríos, que rechazó la solicitud que buscaba invalidar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Brisas de Torobayo, que la empresa Galilea S.A. de Ingeniería y Construcción busca construir en la comuna de Valdivia.
En la audiencia, los reclamantes sostuvieron que en la evaluación ambiental del proyecto se generaron dos ilegalidades que constituyen vicios que obligan a la nulidad de su RCA. Por un lado, según los reclamantes se debió acceder a la solicitud de un Proceso de Participación Ciudadana (PAC), ya que el proyecto generaría cargas ambientales. Según sus argumentos, la construcción del conjunto inmobiliario produciría externalidades sociales negativas y positivas, por lo que de acuerdo a la ley, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) debió considerar un proceso PAC.
Por otro lado, los reclamantes señalaron que existe una evaluación errónea de los impactos del proyecto, lo que obligaría a invalidar su RCA. Según los reclamantes, el proyecto no evaluó correctamente cómo impactará a la disponibilidad y calidad del recurso hídrico, al flujo vehicular y los tiempos de desplazamiento; y al riesgo a la salud de las personas por las emisiones atmosféricas.
La COEVA descartó esos argumentos y aseguró que la evaluación no requería PAC, ya que la ley establece explícitamente lo que debe entenderse por carga ambiental, para que una DIA tenga participación ciudadana. La reclamada sostuvo que como el proyecto no generará beneficios sociales en la manera establecida por el regulador, no procedía la PAC.
La COEVA además aseveró que la evaluación descartó correctamente los impactos en el recurso hídrico; se modelaron los efectos en el flujo vial y se aprobaron medidas para mitigar el aumento no significativo en el tráfico vehicular; y se descartaron los riesgos a la salud de la población por las emisiones atmosféricas, ya que el proyecto consideraba originalmente calefacción a través de un sistema de gas, pero que además será modificado por calefacción eléctrica.
Finalmente, Galilea S.A., en su calidad de tercero independiente en la causa, desestimó las alegaciones de los reclamantes y apuntó a que tras la reclamación no existe un interés ambiental, sino que se trata de un problema de integración social, ya que el proyecto beneficiaría a propietarios de clase media. Según la empresa, el conjunto inmobiliario utilizará sistemas similares o mejores a los condominios ya existentes, por lo que no generaría un impacto mayor a la intervención antrópica ya presente en el sector.
Más antecedentes de la causa pueden ser vistos en el expediente electrónico R-38-2020