Tribunal realizó audiencia por reclamación contra evaluación ambiental de centro de salmones del titular Australis Mar

La reclamación fue presentada por la Comunidad Indígena Kawésqar Grupos Familiares Nómades del Mar contra la COEVA Región de Magallanes y la Antártica Chilena.

La Comunidad Indígena Kawésqar Grupos Familiares Nómades del Mar presentó ante el Tercer Tribunal Ambiental, una reclamación de ilegalidad contra la Comisión de Evaluación Ambiental de Magallanes (COEVA), entidad que rechazó la solicitud de invalidación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto «Modificación Centro de Engorda Obstrucción» del titular Australis Mar S.A.

Durante la audiencia del 18 de julio, la reclamante indicó que el proyecto presentado por la empresa no es compatible con los objetivos de la Reserva Nacional Kawésqar. Asimismo, entregó sus argumentos vinculados a la solicitud de invalidación de la DIA por el incumplimiento de estándares del Convenio N°169, al no realizar consulta indígena ni las reuniones con Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI). Señaló que no existe un área de influencia con información suficiente para descartar impactos significativos sobre el medio humano. Respecto de los impactos del proyecto, argumentó que éste debió ingresar al SEIA vía Estudio de Impacto Ambiental (EIA), porque, a su juicio, impactará en el medio marino y en los usos y tradiciones como manifestación de intereses culturales. 

Por otra parte, el tercero coadyuvante, Fundación Greenpeace, se refirió al proceso sancionatorio abierto que enfrenta Australis Mar por sobreproducción en el mismo “Centro de Engorda Obstrucción”, lo que a su juicio constituiría una incompatibilidad con la aprobación del proyecto. 

En tanto, la reclamada indicó que el proyecto se ubica fuera de los límites de la Reserva y que, de acuerdo al art. 85 del Reglamento del SEIA, no procedía realizar consulta indígena ni tampoco concurrían los requisitos del art. 86 para realizar las reuniones con grupos indígenas. Añadió que en el proceso de evaluación ambiental se descartaron correctamente los impactos del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, entre otros, calidad de aguas, emisiones de fósforo y nitrógeno, la generación de floraciones de algas nocivas, fauna marina; así también, del medio humano. 

El tercero independiente, Australis Mar, señaló que el proceso sancionatorio por sobreproducción dice relación con hechos ocurridos antes de la época en que el titular adquirió el control del Centro en cuestión, el año 2022. Indicó al Tribunal que es importante tener presente que este Centro se encuentra fuera de la Reserva Nacional Kawésqar y que, por su lejanía con otros centros, resulta improcedente el análisis de efectos sinérgicos. Agregó que se utilizaron diversas variables para determinar el área de influencia, la cual se encuentra debidamente determinada. Finalmente, señaló que la consulta indígena es improcedente. 

Sobre el proyecto 

El Proyecto «Modificación Centro de Engorda Obstrucción» del titular Australis Mar S.A, se encuentra en el golfo Almirante Montt, península Barros Arana, a 30 kilómetros de Puerto Natales. Este consiste en la ampliación del centro; aumento de jaulas, nuevo pontón y otras modificaciones que permitirían ampliar la producción de salmones.

Más antecedentes de la causa, en el expediente electrónico R-37-2023
Transmisión audiencia realizada el 18 de julio, 2024.