La Municipalidad solicitó al Tribunal aumentar la sanción de multa y recalificar como gravísima la infracción por incumplimiento de medidas.
Ante el Tercer Tribunal Ambiental se llevó a cabo la audiencia de alegatos en la causa R-25-2025, “Municipalidad de Hualpén con Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)”. El conflicto se inició con la Resolución Exenta Nº 517 de marzo de 2025, mediante la cual la SMA sancionó al titular del proyecto “Escombrera Familia Parra Humedal Vasco de Gama” con la clausura total y definitiva del recinto, por operar sin Resolución de Calificación Ambiental (RCA) dentro de un humedal. Además, se le impuso una multa de 2,3 UTA por el incumplimiento de medidas provisionales pre-procedimentales.
En la audiencia, la Municipalidad de Hualpén, en su calidad de reclamante, centró sus argumentos en la necesidad de aumentar la cuantía de la multa asociada al Cargo N°2. Al respecto, sostuvo que no se ponderó adecuadamente la importancia del daño, subrayando que la expansión del vertedero afectó la capacidad de absorción del humedal, aumentando el riesgo de inundaciones para las comunidades aledañas. Asimismo, indicó que los servicios ecosistémicos afectados deben ser integrados en el cálculo de la multa y la sanción final.

Por su parte, la SMA solicitó el rechazo de la reclamación, defendiendo la legalidad de la resolución sancionatoria. La SMA explicó que el Cargo N°2 se circunscribió al incumplimiento de medidas pre-procedimentales, por lo que no era procedente incluir hechos ocurridos con posterioridad a la formulación de cargos, como los desacatos a medidas procedimentales, aunque estos últimos sí fueron considerados como un factor de incremento al determinar la multa. Respecto a la clasificación de la infracción, el organismo fiscalizador argumentó que la categoría de «gravísima» por elusión al SEIA ya fue aplicada y agotada en el Cargo N°1 (que resultó en la clausura), y que el Cargo N°2 corresponde a una infracción grave por no acatar instrucciones de la autoridad. Finalmente, la SMA señaló que variables como el cambio climático y la afectación a la biodiversidad ya fueron ponderadas al calificar el daño ambiental con la entidad más alta posible.
Tras escuchar las exposiciones de ambas partes y la relación de los antecedentes, el Tribunal dio por concluida la vista de la causa, la cual quedó en estado de acuerdo para la redacción de la sentencia definitiva.
Más antecedentes de la causa en el expediente electrónico R-25-2025
