Al escrito de fs. 945: como se pide, suspéndase el procedimiento hasta la fecha solicitada; fíjese como nueva fecha para la audiencia de conciliación, prueba y alegaciones, el día miércoles 17 de abril de 2019, a las 09:00 horas, en dependencias de este Tribunal; y atendido a su objeto, se instruye a los apoderados respectivos contar con facultades para conciliar o a las partes comparecer personalmente; además, adviértase que, habiéndose suspendido el procedimiento, y estando corriendo los plazos para rendir prueba documental que dispone el art. 39 de la Ley N° 20.600, esto es, hasta cinco días antes de la fecha de la audiencia, cuando se reanude el procedimiento sólo quedarán disponibles a dicho efecto los días 10 y 11 de abril de 2019.
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