Con fecha 21 de septiembre de 2020, admítase a trámite la Reclamación identificada como «Fundación Raíces de Pucón con Servicio de Evaluación Ambiental Región de la Araucanía». (Rol R-29-2020).
Informe la reclamada, por intermedio de su representante legal, en el plazo de 10 días, adjuntando copia autentificada del expediente administrativo que dio lugar al acto administrativo reclamado, completo y debidamente foliado, según dispone el art. 29 de la Ley N° 20.600. El certificado de autenticidad respectivo deberá incluir un índice de todos los documentos que consten en el expediente, sean presentados por los interesados, por terceros y por otros órganos públicos, así como las actuaciones y los documentos y resoluciones que el órgano administrativo remita a los interesados, a terceros o a otros órganos públicos y las notificaciones y comunicaciones a que éstas den lugar, en estricto orden de recepción, ocurrencia o egreso, a efectos de evitar omisiones y duplicidades de documentos.
Ofíciese y publíquese el aviso del art. 19 de la Ley N° 20.600.
Expediente electrónico de la causa R-29-2020.