Admítase a trámite «Asociación ADEEP y Otros con Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Ñuble». Rol R 39-2020

Con fecha 18 de noviembre de 2020, admítase a trámite la Reclamación identificada como «Asociación ADEEP y Otros con Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Ñuble». (Rol R-39-2020).  

Informe la reclamada, por intermedio de su representante legal, en el plazo de 10 días, adjuntando copia autentificada de los expedientes administrativos de invalidación y de evaluación ambiental, debidamente foliados, según dispone el art. 29 de la Ley N° 20.600. Los certificados de autenticidad respectivos deberán incluir un índice de todos los documentos que consten en los expedientes, sean presentados por los interesados, por terceros y por otros órganos públicos, así como las actuaciones y los documentos y resoluciones que el órgano administrativo remita a los interesados, a terceros o a otros órganos públicos y las notificaciones y comunicaciones a que éstas den lugar, en estricto orden de recepción, ocurrencia o egreso, a efectos de evitar omisiones y duplicidades de documentos. Ofíciese y publíquese el aviso del art. 19 de la Ley N° 20.600.

Expediente electrónico de la causa R-39-2020.