Admítase a trámite «Tomás Iván Labrín Villalobos y otros con Sociedad Concesionaria Aguas de Punilla S.A». Rol D 40-2018.

 
Con fecha 02 de enero de 2019, téngase por interpuesta demanda de reparación por daño ambiental «Tomás Iván Labrín Villalobos y otros con Sociedad Concesionaria Aguas de Punilla S.A». Rol D 41-2018.

 

Traslado a la demandada por el término de 15 días, más los términos previstos en los artículos 258 y 259 del Código de Procedimiento Civil, si correspondiere. Conforme el domicilio informado a fs. 3096, exhórtese al Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la comuna de
Santiago, para efectos de practicar la notificación de la demanda. Facúltese al Tribunal exhortado según lo dispuesto por el inciso 2° del art. 71 del Código de Procedimiento Civil, para ordenar la práctica de todas las diligencias necesarias tendientes a notificar la demanda, inclusive la notificación prevista en el art. 44 del mismo Código. Dispóngase por el Sr. Secretario del Tribunal la confección del exhorto respectivo y remítase éste al Tribunal exhortado.

 

Acceso al expediente electrónico de la causa  en el siguiente ENLACE

 

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