Con fecha 11 de septiembre de 2019, admítase a trámite la Reclamación identificada como «Viviana Maldonado Subiabre y Otros con Director Ejecutivo Servicio de Evaluación Ambiental» (Rol R 14-2019). Informe la reclamada en el plazo de 10 días, adjuntado copia autentificada del expediente administrativo que dio lugar al acto administrativo reclamado, incluyendo el de la evaluación ambiental del proyecto, según dispone el art. 29 de la Ley N° 20.600. Ofíciese al efecto y publíquese el aviso del art. 19 de dicha ley.
Expediente electrónico de la causa R-14-2019.
Configurándose los requisitos del art. 92 y 95 del CPC respecto de la presente causa en relación con la causa Rol N° R-12-2019, en cuanto ambas recaen sobre la misma resolución reclamada y están sometidas al procedimiento del Título III, párrafo 2° de la Ley N° 20.600, y además que de lo que se resuelva en dicha causa producirá efectos en esta causa, dado que coinciden en la pretensión anulatoria de la Res. Ex. N° 814 de 2019, del Director Ejecutivo del SEA; se ordena, en virtud de lo dispuesto en el art. 94 del CPC, lo siguiente:
1. Acumúlense estos autos a la causa Rol N° R 12-2019.
2. Déjese constancia de lo resuelto en la causa referida.
Expediente electrónico de la causa R-12-2019.