Según los reclamantes, el proyecto debió ser evaluado por Estudio de Impacto Ambiental y requería Consulta Indígena. El Servicio de Evaluación Ambiental descarta afectación a pueblos indígenas.
El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, escuchó este miércoles los alegatos en la reclamación interpuesta por cuatro habitantes de la comuna de Castro, en contra de la resolución de la Comisión de Evaluación Ambiental de Los Lagos (COEVA), que rechazó la solicitud de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto “Línea de Transmisión 220 kV Chiloé Gamboa”, de la empresa Sistema de Transmisión del Sur S.A.
En la audiencia, los reclamantes sostuvieron que dicho proyecto debió ser evaluado por un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y no por una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), como finalmente fue aprobado. Además, argumentaron que la iniciativa afectaría los sistemas de vida de la Comunidad Mapuche Huilliche Alto del Fundo de Gamboa, de la que forman parte, por lo que el proyecto requeriría ser sometido a Consulta Indígena.
Junto con alegar que la reclamación fue interpuesta fuera de plazo, la COEVA Los Lagos sostuvo que ninguna de las 89 observaciones presentadas durante la Participación Ciudadana se relacionaba con el uso de la comunidad al terreno donde se emplazará el proyecto. Según la reclamada, se determinó que no existen sitios de significancia cultural en la zona de implementación, ni se afectaría a comunidades indígenas, por lo que la Consulta Indígena resultaría improcedente.
También participó en la audiencia la empresa titular del proyecto, que desestimó los cuestionamientos de los reclamantes y aseguró que la resolución que aprobó la DIA se ajustó a derecho y cumplió con todos los requisitos contemplados en la ley.
Tras la audiencia, el Tribunal integrado por los Ministros Sr. Iván Hunter Ampuero, Sra. Sibel Villalobos Volpi y Sr. Jorge Retamal Valenzuela, determinó dejar la causa en acuerdo, para iniciar el proceso de redacción de sentencia.
Más antecedentes de la causa pueden ser vistos en el expediente electrónico R-5-2019