En la audiencia, el Tribunal hizo un nuevo llamado a las partes para llegar a un acuerdo de conciliación en los puntos que no fueron alcanzados durante el plazo anterior de 45 días.
La audiencia realizada el 29 de noviembre, corresponde a la continuación de la audiencia del 16 de junio, donde las partes aceptaron iniciar un procedimiento de elaboración de un acuerdo conciliatorio que pudiera resolver las controversias de la demanda por el daño ambiental que el Comité de Trabajo Las Canteras atribuye a la constructora La Esperanza Ltda. La demanda se basa en que el proyecto Emprestito, ubicado en sector La Vara en Puerto Montt, habría causado grave y significativo daño ambiental, debido a la emisión de ruidos molestos, emisión de material particulado, afectación de los cuerpos de agua y humedales presentes en el sector y por la tala indiscriminada de ejemplares y especies protegidas. Esto, derivado de las actividades de extracción, chancado, lavado, procesamiento y transporte de áridos.
Durante la audiencia, y de manera previa a la rendición de pruebas e intervención de testigos, el Tribunal ofreció la palabra a las partes para referirse al frustrado proceso de conciliación. La parte reclamante, señaló que durante el plazo anterior de 45 días otorgados por el Tribunal, lograron llegar a un acuerdo en cuanto a los aspectos de reparación del daño ambiental, sin embargo, indicó que no hubo acuerdo sobre las medidas de compensación, específicamente vinculadas a un fondo de compensación solicitado a la empresa para financiar mejoras en el ámbito de sanidad ambiental.
La parte reclamada, asimismo, manifestó que la problemática recae sobre los mecanismos de la compensación; explicó que la empresa ha hecho una serie de esfuerzos y que está dispuesta a cubrir las obras planteadas por la comunidad, pero a ejecutarlas de manera directa y no a través de un fondo de compensación.
Luego de las intervenciones, el Tribunal acordó suspender la audiencia y solicitó a las partes presentar ante el Tribunal una minuta con los puntos en acuerdo y desacuerdo, para posteriormente estudiarlo y luego de esa revisión, se llamará a una nueva audiencia o se designará un ministro o ministra, como amigable componedor. Las partes tendrán un plazo de diez días para presentar el documento.
Más detalles de la causa, en el expediente electrónico D-9-2021
Revise la audiencia realizada el martes 29 de noviembre