El máximo tribunal rechazó recurso de casación interpuesto por el Servicio de Evaluación Ambiental.
La Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema rechazó el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), y confirmó la sentencia del Tribunal Ambiental de Valdivia, que anuló la multa impuesta por la Comisión de Evaluación de La Araucanía (COEVA) en contra de Aguas Araucanía S.A.
En febrero de 2017, el Tribunal Ambiental, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, acogió la reclamación interpuesta por la sanitaria en contra de la resolución de la COEVA, y dejó sin efecto la multa de 500 Unidades Tributarias Mensuales ($23.000.000 aproximadamente) impuesta a la empresa.
En el fallo, pronunciado por los ministros Sr. Michael Hantke Domas, Sr. Roberto Pastén Carrasco y Sr. Pablo Miranda Nigro, el Tribunal especializado concluyó que no existía prueba suficiente para sancionar a la sanitaria.
El SEA presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema, pidiendo anular dicha sentencia. Sin embargo, el máximo Tribunal confirmó el fallo y concluyó que el organismo público no podía invocar antecedentes diversos a los detallados en la resolución con la que sancionó a Aguas Araucanía S.A., confirmando la insuficiencia de una muestra puntual para configurar la infracción.
La sentencia fue pronunciada por los Ministros Sra. María Eugenia Sandoval, Sra. Gloria Ana Chevesich, Sr. Carlos Cerca y Sr. Arturo Prado y el Abogado Integrante Sr. Rafael Gómez.
Revise la Sentencia de la Corte Suprema.
Revise la Sentencia del Tribunal Ambiental de Valdivia.