Corte Suprema declara inadmisible recurso de casación sobre Central El Campesino

Fallo del Máximo Tribunal declaró que el recurso no señaló la norma que habría infringido la sentencia pronunciada por el Tribunal Ambiental de Valdivia.

 
De manera unánime, la Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el Comité Bulnes sin Termoeléctricas, contra el fallo del Tribunal Ambiental de Valdivia, que rechazó su reclamación contra el proyecto Central El Campesino, por haber sido interpuesto fuera de plazo.

 

En su fallo, la Corte Suprema determinó que el recurso de casación incumplió las exigencias formales de presentación y no identificó los errores de derecho en que habría incurrido el Tribunal Ambiental de Valdivia al dictar su sentencia.

 

La causa se originó luego que el Comité Bulnes sin Termoeléctricas reclamó ante el Tribunal Ambiental de Valdivia, alegando que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) no admitió a trámite su reclamación contra la aprobación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Central El Campesino, por considerar que fue presentada fuera del plazo establecido por ley.

 
El reclamante aseguró que ingresó el recurso dentro de plazo; pero, dado que las oficinas del SEA Biobío se encontraban cerradas y no existía buzón visible, deslizó materialmente el texto de la reclamación por debajo de la puerta.

 

En su sentencia, el Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, concluyó que el reclamante no pudo demostrar la fecha de ingreso de la reclamación, destacando que tampoco se comprobó la existencia del texto que habría sido ingresado informalmente en oficinas del SEA.

 

La resolución de inadmisibilidad de la Excma. Corte Suprema fue pronunciada por los Ministros Sr. Sergio Muñoz, Sr. Haroldo Brito, y Sra. Rosa Egnem, y los Abogados Integrantes Sr. Jaime Rodríguez y Sr. Rodrigo Correa. La sentencia dictada por el Tribunal Ambiental de Valdivia fue pronunciada por los Ministros Sr. Michael Hantke, Sra. Sibel Villalobos y Sr. Pablo Miranda.

 
Revise la Sentencia de la Corte Suprema.

 

Acceda al expediente electrónico del caso R-46-2017.