En acuerdo quedó demanda de daño ambiental por proyecto Embalse Punilla

Tribunal Ambiental de Valdivia escuchó testigos y alegatos de las partes sobre el fondo de la causa, y revisó la solicitud de alzar la medida cautelar vigente desde diciembre de 2018.

Por dos días se extendió la audiencia de conciliación, pruebas y alegatos en la demanda de reparación por daño ambiental interpuesta por un grupo de habitantes de San Fabián de Alico, en contra de Sociedad Concesionaria Aguas de Punilla S.A y el Ministerio de Obras Públicas (MOP), por la ejecución del proyecto “Embalse Punilla”.

La audiencia se inició la mañana del martes 24 de septiembre, cuando las partes informaron al Tribunal Ambiental de Valdivia que no concretaron el posible acuerdo conciliatorio anunciado en la primera audiencia, desarrollada en julio de este año.

Tras ello, los Ministros Sr. Iván Hunter Ampuero, Sr. Michael Hantke Domas y Sra. Sibel Villalobos Volpi, escucharon a los cuatro testigos presentados por los demandantes y a tres testigos del MOP y decretaron el receso de la audiencia hasta el día miércoles 25.

La audiencia se reanudó este miércoles en la mañana, con los alegatos de las partes. En la oportunidad, los demandantes sostuvieron que el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Embalse Punilla” no consideró los impactos del uso de la fuerza pública en el desalojo, por lo que no se contemplaron medidas de compensación o reparación por dicho proceso. 

Por su parte, la empresa argumentó que los demandantes no lograron configurar ni demostrar el daño ambiental al componente humano alegado en la demanda. Además, cuestionó que los demandantes soliciten una indemnización civil, dado que ello no puede ser resuelto por los Tribunales Ambientales; y alegó que el petitorio de la demanda es contradictorio, respecto de la responsabilidad que tendría el MOP y la empresa en el presunto daño alegado.

El MOP, a través del Consejo de Defensa del Estado, sostuvo que la situación actual de los demandantes deriva de sus propias actuaciones, al no querer integrarse al Plan de Desarrollo Social del proyecto, que considera medidas de compensación por las reubicaciones. Además, recalcó que ni la empresa ni el MOP tienen margen de negociación, porque ello implicaría un incumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto.

Luego de escuchar los alegatos y a los testigos, el Tribunal alcanzó un acuerdo y designó al Ministro Sr. Hunter para redactar la sentencia.

Medida cautelar

Durante la audiencia que finalizó el miércoles, el Tribunal Ambiental de Valdivia escuchó a las partes, luego que el MOP solicitara el alzamiento de la medida cautelar que se encuentra vigente desde diciembre de 2018 y que suspendió los desalojos y los efectos de la RCA del proyecto solo en lo relacionado con el medio humano.

En su alegato, el MOP sostuvo que la medida cautelar impide avanzar con las obras del proyecto, mientras que la empresa argumentó preocupación por continuar implementando el Plan de Desarrollo Social entre los habitantes que accedieron a la reubicación, ante un eventual desacato de la medida.

Por su parte, los demandantes solicitaron mantener la medida, ya que su juicio el alzamiento podría agravar el daño ambiental que demandan en la causa.

Sobre esta solicitud, el Tribunal analizará los antecedentes presentados por las partes, para resolver si mantiene, modifica o alza completamente la medida cautelar vigente.

Más antecedentes de la causa pueden ser vistos en el expediente electrónico D-40-2018