Nuevamente el Tercer Tribunal Ambiental establece una medida cautelar para proteger el periodo de anidación del Canquén colorado, ave clasificada “en peligro” de extinción en estado silvestre, en la Región de Magallanes.
Esta vez, el Tribunal con asiento en Valdivia autorizó la medida solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), para la suspensión parcial de las autorizaciones de funcionamiento contenidas en la resolución de calificación ambiental del proyecto “Construcción Camino San Juan – Cabo Froward, Tramo Río San Pedro – Punta Árbol”, respecto del empréstito/botadero Insúa, el empréstito cauce Río Santa María (sector de explotación N° 1, 2, 3 y 4), y los botaderos Faja Fiscal N°1, N°2, N°3 y Provisorio.
Esta medida provisional se autorizó por el máximo legal permitido de 30 días corridos, a partir del día 10 de diciembre de 2015, ya que, según información proveida por la SMA, no existen muchos otros sitios específicos que provean este servicio ecosistémico de hábitat, por lo cual en esta localización específica dicho servicio sería de un alto valor. Anteriormente, el Tribunal había decretado de oficio 30 días de protección.
“En el caso descrito –indicó el escrito- en esta solicitud estamos ante un problema que puede ser: (i) de posible ruina o catástrofe para esta especie –que ya está en peligro de extinción-, donde el riesgo existente tiene probabilidades de causar daños irrecuperables, o (ii) de posible daño significativo, donde el riesgo existente también puede resultar en daños a esta especie, pero estos son recuperables a un altísimo costo”, precisó.
En concreto, la medida solicitada por la SMA y autorizada por el Tercer Tribunal Ambiental prohibe “cualquier actividad extractiva, movimiento de material acopiado y maquinaria, y cualquier actividad similar que pueda afectar la zona de reproducción y anidación” del ave, puesto que “el sector donde se ejecuta el proyecto corresponde a un ecosistema altamente complejo y de alta riqueza, en particular desde el punto de vista de su importancia reproductiva”, sostuvo la resolución.
Vea el expediente electrónico de la causa S-7-2015.
Crédito imágenes: Superintendencia del Medio Ambiente, oficina Macro Zona Sur.