Se realizó audiencia en reclamación contra COEVA Los Lagos por aprobación de «Piscicultura de Recirculación Biotecnológica Punta Capacho»

La Reclamación contra la Comisión de Evaluación Los Lagos busca invalidar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto ubicado en Puerto Montt.

<span»>La Junta de Vecinos N° 48 Huelmo y otros presentaron una reclamación de ilegalidad ante el Tercer Tribunal Ambiental, en contra de la resolución de la Comisión de Evaluación Región de Los Lagos, que rechazó la solicitud de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto «Piscicultura de Recirculación Biotecnológica Punta Capacho», en la comuna de Puerto Montt.

En la audiencia realizada el jueves 20 de marzo, la reclamante señaló que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) está defendiendo el proceso de evaluación ambiental y, que a su juicio, el Servicio hace interpretaciones de la Ley que buscan acelerar la aprobación de proyectos. Indicó que por la naturaleza del proyecto, éste requiere un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que permita evaluar los verdaderos impactos del proyecto y aclarar cuáles serían significativos y cuales implican un riesgo a la salud de la población. Respecto de la legitimación activa de los reclamantes, señaló que estos sí cuentan con ella para presentar un recurso de reclamación ante el Tribunal Ambiental, dado que son habitantes que viven a quinientos metros del proyecto. Además, argumentó que el SEA ha incurrido en una ilegalidad al ignorar los pronunciamientos de los organismos sectoriales y al solicitar reiterados informes adicionales durante el proceso.

<span»>Por su parte, el SEA expresó que de acuerdo a la Ley, el proyecto no genera impactos significativos, por lo que no era necesario un EIA. Destacó que los actos administrativos gozan de una presunción de legalidad, por lo que es deber del reclamante desvirtuar dicha presunción y probar por qué sería incorrecta la decisión del SEA. Argumentó que el objetivo de la reclamante es manifestar una disconformidad con la decisión del Servicio más que exponer cuáles serían las ilegalidades. Se refirió también a la legitimación activa, indicando que se está invocando un interés general y no particular por parte de los reclamantes que demuestre su interés en lo solicitado. 

<span»>En la audiencia, el titular del proyecto, en calidad de  tercero independiente, presentó sus alegatos señalando que la reclamación debe ser rechazada por no contener sustento, así como graves errores de forma y jurídicos. Por otra parte, señaló que el proyecto se hace cargo de los principales impactos ambientales respecto del sistema clásico o tradicional de cultivo. 

Más antecedentes de la causa en el expediente electrónico R-40-2023