Con fecha 3 de noviembre de 2015, el Tercer Tribunal Ambiental con asiento en Valdivia, admitió a trámite la Reclamación “Municipalidad de Temuco con Superintendencia del Medio Ambiente”, R-22-2015, que revisa una controversia en torno al proyecto “Plan de Cierre del Centro de Disposición Final de Residuos Sólidos” del Vertedero de Boyeco, en la Región de la Araucanía.
Específicamente, la Reclamación es en contra de la Resolución Exenta Nº 994 del 13 de octubre de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que resolvió el procedimiento administrativo sancionatorio Rol F 038-2013, seguido en contra de la Ilustre Municipalidad de Temuco. En dicho procedimiento se aplicó una multa por nueve incumplimientos ambientales detectados en el recinto, ante lo que el ente fiscalizador estableció una infracción pecuniaria por 320 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
En su Reclamación, la I. Municipalidad de Temuco solicita al Tercer Tribunal Ambiental dejar sin efecto total o parcialmente, “todas y cada una de las multas, o las que estime pertinente (…), o se rebaje el monto de las multas establecidas en ella, total o parcialmente, al mínimo legal, o lo que el Tribunal estime, por cuanto dicha resolución administrativa causa agravios a la Municipalidad de Temuco”, entre otros aspectos.
Demanda
Adicionalmente, también realcionado con la gestión del vertedero Boyeco, el 16 de diciembre de 2014 el Tercer Tribunal Ambiental admitió a trámite la Demanda de Reparación por Daño Ambiental “Epul Huircalaf y otros con I. Municipalidad de Temuco y otros”.
Vea el expediente electrónico de la Reclamación “I. Municipalidad de Temuco con Superintendencia del Medio Ambiente” R-22-2015.
Para revisar la tramitación de la Demanda de Reparación por Daño Ambiental, acceda al siguiente link D-4-2014.