Tercer Tribunal Ambiental admitió a trámite 3 Reclamaciones contra Norma Secundaria de Calidad Ambiental del Río Valdivia

 

El Tercer Tribunal Ambiental admitió a trámite tres Reclamaciones que buscan impugnar el Decreto Supremo Nº 1, de 14 de enero de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales del Río Valdivia. La norma es aplicable a la cuenca del río Valdivia, ubicada en las regiones de La Araucanía y de Los Ríos.

 

El Decreto sostiene en su Artículo 1º que el objetivo de estas normas para el río Valdivia, “es conservar o preservar los ecosistemas hídricos y sus servicios ecosistémicos, a través de la mantención o mejoramiento de la calidad de las aguas de la cuenca”.

 

Así, el 6 de enero de 2016, el Tribunal resolvió admitir a trámite las Reclamaciones “Celulosa Arauco y Constitución S.A con Ministerio del Medio Ambiente“ (R-26-2015) y “Forestal Calle Calle S.A con Ministerio del Medio Ambiente“ (R-27-2015).  En tanto, el 8 de enero admitió a trámite la Reclamación “Corporación para el Desarrollo de la Región de Los Ríos con Ministerio del Medio Ambiente“ (R-25-2015).

 

Las presentaciones se hicieron en virtud de lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el que indica que “Estos decretos serán reclamables ante el Tribunal Ambiental por cualquier persona que considere que no se ajustan a esta ley y a la cual causen perjuicio.

La interposición del reclamo no suspenderá en caso alguno los efectos del acto impugnado”.

 

El DS 1/2015 fue publicado en el Diario Oficial el 27 de noviembre de 2015.

 

El Ministerio del Medio Ambiente tiene un plazo de 10 días (prorrogables por 5), para entregar un informe, que se limitará a consignar los fundamentos y motivos en los que el acto administrativo se basa.

 

 

Vea el expediente electrónico en este ENLACE.