Las bases de conciliación establecen objetivos para que las partes desarrollen un plan de trabajo con acciones concretas en cada uno de los cuatro proyectos inmobiliarios involucrados en la demanda por daño ambiental.
El Tercer Tribunal Ambiental, con jurisdicción desde las regiones de Ñuble a Magallanes, propuso bases de conciliación en procedimiento de demanda por daño ambiental interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado contra Sociedad Agrícola Kuriñanco Ltda., la Inmobiliaria Pilolcura Ltda, y los socios de ambas. Lo anterior, por el daño al medio ambiente y la salud de las personas producto de las obras de cuatro proyectos inmobiliarios ubicados en la zona costera de Valdivia, región de Los Ríos. Estos son: Cutipay I, Cutipay II, Pilolcura y Canelales sector Pellines.
Las bases de conciliación contemplan diferentes objetivos, sobre los cuales, las partes deberán elaborar cuatro planes de trabajo, uno por cada proyecto y tendrán un plazo de 60 días hábiles para presentarlo al Tribunal. Cada plan deberá incluir un cronograma que identifique las acciones propuestas dentro de los plazos especificados en las bases y se deberán establecer indicadores de inicio y de término de la acción, e indicador de éxito que permita dar cuenta de los logros.
Además de los objetivos generales para cada uno de los proyectos, las bases de conciliación contemplan objetivos específicos para los proyectos Cutipay II y Canelales, referidos a estabilizar las cabeceras de quebradas y taludes cercanos al estero San Ramón y a evitar la afectación del Sitio Prioritario Curiñanco.
La voluntad de las partes de conocer bases de conciliación elaboradas por el Tribunal surgió en la audiencia realizada el 3 de junio del año 2022, a propósito de un llamado a conciliación efectuado por el Tribunal en dicha oportunidad.
Las partes podrán solicitar prórroga del plazo para presentar los planes de trabajo respectivos. De igual forma, podrán proponer diferentes plazos asociados a cada plan u objetivo, o sustituir o adicionar medidas, justificando técnicamente, de mutuo acuerdo, la solicitud respectiva. Para facilitar el proceso, también podrán solicitar la intervención de un ministro como amigable componedor y requerir la realización de una o más audiencias con el objetivo de aclarar dudas acerca del contenido y sentido de las bases propuestas.
Principales objetivos de las bases de conciliación
- Asegurar el cumplimiento de toda la normativa aplicable
- Conocer el estado actual de los sectores donde se desarrolla cada proyecto a través de un Diagnóstico
- Controlar los riesgos de remoción, derrumbe, erosión hídrica y eólica del suelo, así como la afectación de los cauces superficiales y subterráneos cercanos
- Gestionar la constructividad del área de cada proyecto, en función de los riesgos identificados
- Definir las condiciones de desarrollo que permitan la conservación de los ecosistemas presentes en el área de ejecución de cada proyecto a través de estudios especializados que permitan determinar el número de personas que pueden habitar cada área sin alterar las características de cada ecosistema
- Preservar las condiciones generales del ecosistema presente en cada proyecto
- Preservar las costumbres de la población indígena presente en la zona de la costa valdiviana
- Estabilizar las cabeceras de quebradas y taludes cercanos al estero San Ramón
- Evitar la afectación del Sitio Prioritario Curiñanco
Paralización de las obras
El 2 de febrero de 2022, el Tribunal ordenó paralizar y prohibir la ejecución de obras y acciones de los proyectos inmobiliarios en la zona costera y ordenó el retiro de maquinaria, enseres y equipos de construcción de los predios en que se desarrollan dichos proyectos y prohibió el ingreso de nuevos equipos, maquinarias, herramientas, materiales, enseres y trabajadores. En su momento, el Tribunal estimó que dichos proyectos generaban un riesgo para el medio ambiente y la salud de las personas. La medida fue tomada ya que las zonas intervenidas presentaban riesgo de remoción de masas, agravado por la tala de especies nativas y ausencia de canalización de aguas lluvias.
Detalles de la causa y bases de conciliación en el expediente D-2-2022