Tercer Tribunal Ambienal realizó audiencia en reclamación contra el Servicio de Evaluación por “Central Las Lengas”

El reclamante presentó recurso de reclamación en contra de la Resolución del SEA señalando que sus observaciones fueron indebidamente consideradas por la autoridad ambiental. 

Una reclamación de ilegalidad fue presentada ante el Tercer Tribunal Ambiental en contra de la Resolución del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), que rechazó el recurso de reclamación PAC presentado en contra del proyecto «Central de Generación de Energía Eléctrica a Gas Las Lengas», en la Región de Magallanes, del proponente Innovación Energía S.A, 

Durante la audiencia realizada el jueves 23 de enero, el reclamante solicitó al Tribunal que deje sin efecto la decisión del SEA y anule la Resolución de la Comisión de Evaluación de Magallanes y la Antártica Chilena, que calificó ambientalmente favorable el proyecto. El reclamante expuso que la resolución de la autoridad ambiental no se hizo cargo de las observaciones ciudadanas referidas al fraccionamiento del proyecto en cuestión con el Proyecto Planta Procesadora de Residuos Hidrológicos Demaistre. Argumentó que el SEA no puede permanecer pasivo y se refirió a otras causas en que el Tribunal ha sostenido que el SEA tiene una competencia preventiva frente a una hipótesis de fraccionamiento. Respecto de la evaluación de impactos sinérgicos, manifestó que el SEA tiene la obligación de evaluarlos, por lo que la resolución reclamada es ilegal dado que no se analizó adecuadamente las emisiones de ruido generadas por fuentes móviles y los impactos sinérgicos sobre la avifauna local.

En tanto, el SEA expuso, en relación al fraccionamiento, que su actuar fue consistente con la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental donde éste se habría pronunciado sobre la misma hipótesis de fraccionamiento que plantea la reclamante en contra la decisión que archivó la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Agregó que, sin perjuicio de ello, el Servicio, durante la evaluación, se hizo cargo de la observación sobre fraccionamiento. Respecto de los impactos sinérgicos, señaló que esta evaluación sí la realizó el titular del proyecto y que la Reclamante no ha logrado desvirtuar los resultados de la modelación utilizada. 

Más antecedentes de la causa en el expediente electrónico R-20-2024