Se consideró que es procedente la evaluación de impactos sinérgicos y que el Centro de Cultivo es parte de un proyecto mayor, lo que impide verificar su compatibilidad con los objetivos de protección de la Reserva Nacional Kawésqar.
El Tercer Tribunal Ambiental, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, acogió parcialmente la reclamación presentada por un conjunto de personas naturales y comunidades indígenas, quienes impugnaron la resolución de la Comisión de Evaluación (COEVA) de la Región de Magallanes por el rechazo de la solicitud de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Centro de Cultivo de Salmonídeos conocido como Clarence 4. El proyecto forma parte de la fusión y relocalización de los centros de cultivos de la empresa Nova Austral S.A. desde el Parque Nacional Alberto de Agostini a la Reserva Nacional Kawésqar en la Región de Magallanes.
Los principales argumentos presentados por las partes durante el proceso se vinculan a la incompatibilidad de la acuicultura de especies exóticas con la Reserva, la inadecuada evaluación de los impactos ambientales, la participación de comunidades en el proceso de evaluación, el fraccionamiento del proyecto y la falta de evaluación de los impactos sinérgicos.
El Tribunal, después de revisar los antecedentes presentados en el proceso judicial y los entregados en la audiencia, resolvió acoger parcialmente la reclamación “por ser procedente la evaluación de impactos sinérgicos, y porque el proyecto presentado por el titular es parte de uno mayor que se encuentra dividido, lo que, además, impide verificar su compatibilidad con los objetivos de protección de la Reserva Nacional Kawésqar”.
La sentencia implica dejar sin efecto la Res. Ex. N° 20211200147, de 20 de diciembre de 2021, de la COEVA Región de Magallanes que rechazó la solicitud de invalidación de la RCA del proyecto, por lo que se deja sin efecto la calificación ambiental del Proyecto.
Más antecedentes de la sentencia en el expediente electrónico R-6-2022