Municipalidad de esa comuna, reclamante en la causa, no se presentó a la audiencia.
El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, realizó este martes, la audiencia mediante videoconferencia en la reclamación interpuesta por la I. Municipalidad de Calbuco en contra del Comité de Ministros, que declaró inadmisible la reclamación administrativa en contra de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto “Parque Eólico Calbuco”. La acción administrativa alegaba la falta de ponderación de las observaciones planteadas por el municipio en la evaluación ambiental del proyecto.
La audiencia se realizó sin la asistencia de la parte reclamante. De esta forma, sólo se escuchó al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), en representación del Comité de Ministros, que sostuvo que la reclamación judicial no identificó ninguna ilegalidad en la resolución que declaró inadmisible la reclamación administrativa.
Según el SEA, la Municipalidad es un Organismo de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECA) y sus pronunciamientos son distintos de las observaciones que se plantean en un proceso de Participación Ciudadana (PAC). Por ello, no tiene legitimación para iniciar una reclamación administrativa ni judicial de conformidad con la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.
El SEA sostuvo que, en este caso, el municipio informó sobre la compatibilidad territorial del proyecto; y esos informes fueron presentados 8 días después de concluido el proceso PAC, por lo que no existe forma de entenderlas como observaciones ciudadanas.
Tras la audiencia, el Tribunal, integrado por los Ministros Sr. Iván Hunter Ampuero; Sra. Sibel Villalobos Volpi y Sr. Jorge Retamal Valenzuela, determinó dejar la causa en acuerdo.
Más antecedentes de la causa pueden ser vistos en el expediente electrónico R-2-2020.