Tribunal Ambiental de Valdivia sustituye medida para proteger el río Trapén

Medida fue decretada en el marco de las reclamaciones contra la planta provisoria de tratamiento de aguas servidas de Panitao, en Puerto Montt.

 

El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, sustituyó la medida cautelar de cese de descargas de aguas servidas tratadas al río Trapén, en el marco de las reclamaciones interpuestas contra la operación de la Planta Provisoria que la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A. (ESSSI) mantiene en el sector de Panitao, en Puerto Montt.

 

Tras la audiencia realizada este jueves, el Tribunal ordenó cuatro acciones que tienen como objetivo la protección del río Trapén, y cuya mantención será evaluada en el mes de noviembre de 2018.

 

Luego de la audiencia, el Tribunal comunicó a las partes su decisión, quienes manifestaron su conformidad con las medidas, mientras se resuelven los recursos de casación interpuestos por ESSSI y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

 

Así, como primera medida, el Tribunal Ambiental de Valdivia autorizó el vertimiento del efluente (caudal instantáneo) de la Planta Provisoria, únicamente en un cantidad igual o menor al 5% del caudal medio del río Trapén. El efluente que exceda de este 5%, deberá ser dispuesto fuera del río, debiéndose informar el destino del mismo a la SMA.

 

El Tribunal, además, ordenó a ESSSI medir el caudal del rio Trapén mediante aforo, cada 15 días corridos, en un punto inmediatamente aguas arriba de la descarga de su efluente. En dicho proceso deberá participar la SMA, que estará a cargo de verificar el correcto levantamiento de los datos por parte de la empresa.

 

Además, ESSSI deberá medir los caudales horarios de su descarga, e informar estos datos a la SMA, al momento de remitir el informe de aforo quincenal. El organismo fiscalizador deberá informar al Tribunal cualquier incumplimiento a esta nueva medida cautelar.

 

Acceda a la causa R-60-2017.

 

¿Qué es la Reclamación?