Tribunal Ambiental realizó audiencia de alegatos en reclamación en contra del Proyecto Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos Puerto Demaistre en Puerto Natales

  • En la audiencia los reclamantes solicitaron se ordene a la SMA aplicar sanciones y disponer  ingreso al SEIA del Proyecto

Este jueves 14 de diciembre, el Tercer Tribunal Ambiental, realizó la audiencia de alegatos en reclamación contra la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), presentada por Paulina Rojas Moreno y otros, rol N° R-18-2023. La disputa gira en torno a la Res. Ex. Nº 792/2023 de la SMA, que archivó denuncias relacionadas con el proyecto «Planta procesadora de recursos hidrobiológicos Puerto Demaistre», cuyo titular es Procesadora Dumestre Ltda.

La solicitud al Tribunal busca anular la mencionada resolución y exigir a la SMA que sancione y requiera el ingreso correcto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) del proyecto, alegando fraccionamiento y elusión. En subsidio, se pide que se ordene a la SMA que fiscalice y se abran procedimientos sancionatorios y de requerimiento de ingreso, atendiendo a la gravedad de las denuncias, o en subsidio, se ordenen las medidas que el Tribunal considere apropiadas, con costas.

Los reclamantes, Paulina Rojas Moreno y otros, alegaron el incumplimiento de obligaciones de investigación y fiscalización por parte de la SMA, la falta de consideración de la infracción al requerimiento de información, la apreciación errónea de la seriedad de las denuncias, la alteración del hábitat para la fauna debido a la infracción a la RCA, deficiencias en la fiscalización de compromisos voluntarios y la elusión al SEIA por modificaciones al proyecto. Además, señaló que hubo falta de motivación en la decisión de archivar las denuncias de fraccionamiento entre el proyecto y una central eléctrica contigua a éste.

Por otro lado, la Superintendencia de Medio Ambiente se defendió argumentando que la resolución reclamada es legal y se dictó conforme a la normativa vigente. Sostuvo que el archivo de las denuncias fue apropiado al no poseer estas el mérito suficiente. La reclamada también argumentó que las modificaciones de rutas de acceso y pontón no generan cambios significativos que requieran una nueva evaluación ambiental.

Asimismo, la reclamada negó la configuración de la hipótesis de fraccionamiento con el proyecto de central eléctrica «Las Lengas» y afirmó que cumplió con sus deberes de fiscalización, sosteniendo que la resolución reclamada está debidamente motivada.

Más antecedentes de la causa en el expediente electrónico R-18-2023