Tribunal realiza audiencia de alegatos en reclamación de PROMASA contra Superintendencia del Medio Ambiente

La empresa busca dejar sin efecto la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente que rechazó el Programa de Cumplimiento, por infracción a la Norma de Emisión de Ruido.

La empresa Procesadora de Madera Los Ángeles S.A (PROMASA) presentó una reclamación ante el Tercer Tribunal Ambiental para dejar sin efecto la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que rechazó el Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por la empresa, por infracción a la Norma de Emisión de Ruidos del DS MM N°38/2011.

Durante la audiencia realizada el 22 de junio de 2023, la empresa alegó que la SMA incurrió en una ilegalidad al considerar que la Acción N°1: “Revisión de los procedimientos existentes y elaboración e implementación de mejoras en distintos procedimientos operacionales que permita disminuir las emisiones de ruido durante las actividades productivas…”, incluida en el PdC, es de mera gestión porque no es constructiva. En este sentido, el reclamante alegó que la acción propuesta sí sigue un retorno al cumplimiento normativo y que sí tendría un impacto en la mitigación. Respecto de la Acción N°2 “Implementación de Encierro Acústico Ventiladores Línea Satín” alegó que es una medida idónea que sí eliminaría los efectos de la infracción y de la fuente de ruido asociada. Además, alegó falta al deber de asistencia por parte de la SMA al no haber existido diálogo respecto del PdC y no haber otorgado un plazo a tiempo para reformular el Programa, el que no recibió observaciones de fondo.

Por su parte, la SMA solicitó el rechazo de la reclamación y alegó que el PdC no cumplía con lo requerido por la normativa vigente, dado que si bien las acciones propuestas por la empresa pueden contribuir al cumplimiento normativo, estas medidas no aseguran su eficacia porque no corresponden a acciones de mitigación directa que se hagan cargo de la fuente emisora. Señaló que la SMA entiende que los PdC podrían incluir medidas de mera gestión, pero esto no aplica al caso en cuestión porque no se deriva de ellas un retorno al cumplimiento normativo.

La causa quedó en estudio para el análisis de los ministros y ministra, para luego arribar a un acuerdo y comenzar con la redacción de la sentencia.

Más antecedentes de la sentencia en el expediente electrónico R-7-2023