Tribunal rechazó reclamación de constructora contra sanción por infracción a norma de ruido en Concepción

Según la sentencia, la SMA actuó ajustada a derecho en el procedimiento sancionatorio.
 

Por unanimidad, el Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, rechazó la reclamación interpuesta por la constructora EBCO S.A. en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que la sancionó con una multa de 42 Unidades Tributarias Anuales ($24.000.000 aproximadamente), por infringir la norma de emisión de ruidos en la construcción de un edificio en calle Ongolmo, en Concepción.

 

La sentencia, pronunciada por los Ministros Sr. Michael Hantke Domas, Sra. Sibel Villalobos Volpi y Sr. Jorge Retamal Valenzuela, desestimó las alegaciones de la empresa y concluyó que el procedimiento sancionatorio dirigido por la SMA se ajustó a derecho.

 

Respecto del supuesto error en los hechos en los que se fundó la sanción, el Tribunal Ambiental de Valdivia concluyó que la metodología de medición utilizada para detectar la infracción está permitida en diversos documentos de público conocimiento, y que además, la evidencia presentada por la Reclamante, “consistente en medir el ruido de fondo y determinar el NPC, muestra que se incumple la norma de emisión en el punto receptor R3, cercano en ubicación al punto donde se realizó la medición por Seremi de Salud”, por lo que se confirmó que existía infracción.

 

El fallo además descartó que la SMA haya cometido errores en la ponderación de la gravedad de la infracción y en la fundamentación de la sanción y la multa.

 

“Existiendo una superación objetiva de la norma de ruido, este Tribunal es de la opinión de que, a este respecto, la SMA también ha actuado conforme a derecho” sostuvo la sentencia, que además condenó en costas a la empresa reclamante.

 

 

Acceda a la sentencia del caso R-63-2018.

 

¿Qué es la Reclamación?