El Tercer Tribunal Ambiental informa que con fecha 23 de abril de 2015, admitió a trámite la Demanda por Daño Ambiental «Agrupación de Turismo Pueblo del Río Puelo y Otros Con Inversiones y Rentas Los Andes S.A», la que fue caratulada con el Rol D-6-2015.
Se resuelve traslado a la demandada por el término de 15 días, más el término previsto en el artículo 258 del Código de Procedimiento Civil, si correspondiere.
Notifíquese por medio de ministro de fe con competencia territorial según corresponda al domicilio de la demandada, quién podrá proveerse de las copias necesarias a través del sistema de gestión de causas en línea, disponible en el sitio electrónico de este Tribunal. Publíquese aviso de conformidad al artículo 19 de la Ley N°20.600.
Sobre la solicitud de medida cautelar de paralización de las Obras de construcción del “Camino de Aproximación” actualmente en construcción por INVERSIONES Y RENTAS LOS ANDES S.A, el tribunal indica que no se han entregado antecedentes suficientes, a la luz de lo que exige el inciso 3° del artículo 24 de la Ley N°20.600; por lo que se resuleve no ha lugar a la medida cautelar solicitada, por no acreditarse la presunción grave del derecho que se reclama, sin perjuicio de que pueda solicitarse nuevamente durante la secuela del juicio.
Se tienen por acompañados los documentos en forma legal, incluida la presentación en CD de datos conteniendo fotografías y videos en que constarían los daños ambientales producidos por la construcción del “Camino de aproximación”, los que quedan en custodia del Secretario Abogado.
Para ver la tramitación de la causa, revise este enlace D-6-2015.