Con fecha 30 de julio de 2015, el Tercer Tribunal Ambiental admitió a tramitación la Reclamación «Movimiento Social en Defensa del Río Ñuble con Superintendencia del Medio Ambiente», R-16-2015.
Los Reclamantes, con domicilio en la comuna de San Fabián de Alico, Región del Biobío, interponen ante este Tribunal una reclamación en contra de la Resolución Exenta N° 566, de fecha 9 de julio de 2015, pronunciada por el Superintendente del Medio Ambiente y, con ello, constatar la caducidad de la Resolución Exenta 3824/2009 del proyecto «Línea de alta tensión 2X220 kV San Fabián – Ancoa».
El Tribunal indica en su resolución que la Reclamación «ha sido promovida dentro de tiempo y forma, y conforme lo dispone el artículo 27 de la Ley de Tribunales Ambientales», por lo que se admite a tramitación.
Se solicitó al reclamado que informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días, adjuntado copia autentificada del expediente administrativo que dio lugar a la reclamación antes citada, en la forma que lo dispone el artículo 29 de la Ley de Tribunales Ambientales.
Vea el expediente electrónico de la Causa acá R-16-2015.