Con fecha 6 de agosto de 2015, el Tercer Tribunal Ambiental admitió a trámite tres Reclamaciones presentadas por la empresa Aguas Araucanía S.A contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de dicha Región. Estas causas provienen del 3° Juzgado Civil de Santiago, el que se ha declarado incompetente por vía inhibitoria, decisión confirmada posteriormente por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago.
La Reclamación es en contra de las Resoluciones Exentas Nº 302, Nº 304 y Nº 305 del SEA Araucanía, todas de fecha 07 de abril de 2014, por las cuales se resolvió los recursos jerárquicos interpuestos por los representantes legales de Aguas Araucanía el 15 de octubre de 2010, en contra de las Resoluciones Exentas Nº 139/2010, Nº 141/2010 y Nº 125/2010, todas del 29 de septiembre de 2010, dictadas por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Araucanía, esto es, la ex COREMA Araucanía. Dichas sanciones fueron impuestas por incumplimientos de normas y condiciones, sobre las cuales se aprobaron las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), de los proyectos Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas de Chol Chol, Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas de Gorbea, Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas de Freire y Pitrufquén, rechazándolos y confirmando las resoluciones que imponen sanciones de multa.
El Tercer Tribunal Ambiental pidió al Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental informar sobre la resolución señalada en la reclamación, dentro del plazo de 10 días, adjuntando copia autentificada del expediente administrativo que la resolvió, en la forma que lo dispone el artículo 29 de la Ley de Tribunales Ambientales.
Vea en los siguientes enlaces la el expdiente electrónico de las causas R-17-2015 / R-18-2015 / R-19-2015