En la audiencia se presentaron las partes reclamante, reclamada y el tercero independiente.
Ante el Tercer Tribunal Ambiental se llevó a cabo la audiencia de alegatos en la reclamación interpuesta por Inmobiliaria Lincoyán SpA en contra de la Resolución Exenta N° 202508101367, dictada por la Comisión de Evaluación (COEVA) de la Región del Biobío, que invalidó la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que calificó favorablemente el proyecto “Torre Lincoyán” en la comuna de Concepción.
En la audiencia realizada el 12 de marzo, la empresa reclamante sostuvo que la invalidación impulsada por la I. Municipalidad de Concepción y diversas organizaciones sociales es improcedente. Argumentó que el municipio no utilizó las vías legales especiales para reclamar y que su solicitud fue extemporánea. Además, denunció la incompetencia del municipio, debido a que sus observaciones exceden sus funciones dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). La reclamante alegó también que los terceros no se encuentran legitimados para comparecer válidamente ante el Tribunal, por no haber acreditado su interés procesal.

Por su parte, el SEA indicó que acogió las dos solicitudes de invalidación que se presentaron en contra de la RCA del Proyecto, decisión adoptada por la mayoría de sus integrantes, con un solo voto en contra. Asimismo, enfatizó sobre los argumentos contenidos en la resolución que motivaron la decisión de invalidar la referida RCA.
Finalmente, el abogado representante de las organizaciones vecinales, quienes actúan como terceros independientes, expuso las razones por las cuales, a su juicio, la Resolución Reclamada se ajusta a derecho al acoger las solicitudes de invalidación, enfatizando que el acto administrativo de la COEVA corrige deficiencias sustanciales que la evaluación original del proyecto inmobiliario no logró subsanar, tales como, el impacto sobre el medio humano, la insuficiencia del estudio de sombras, la incompatibilidad con el Plan Regulador Comunal y la falta de motivación adecuada.
Tras la audiencia, el Tercer Tribunal Ambiental dejó la causa en estudio para ser analizados los antecedentes técnicos y jurídicos y proceder posteriormente al acuerdo y redacción de la sentencia definitiva.
Detalles de la causa, en el expediente electrónico R-43-2025
