Conozca al Tribunal

 

El Tercer Tribunal Ambiental de Chile nace en cumplimiento a la Ley 20.600 que crea los Tribunales Ambientales en el país. Se instaló administrativamente el 7 de octubre del 2013, e inició su función jurisdiccional el 9 de diciembre de ese año.

 

La labor de este Tribunal es resolver las controversias ambientales que se produzcan en las regiones de Ñuble, del Biobío, de la Araucanía, de Los Ríos, de Los Lagos, de Aysén, y de Magallanes.

 

El Tribunal es integrado por tres Ministros Titulares -es decir, dos abogados y un licenciado en ciencias-, y dos ministros suplentes -un abogado y un licenciado en ciencias.

 

Este es un Tribunal independiente y especializado en materias ambientales, y se somete a la superintendencia correccional, disciplinaria y económica de la Corte Suprema de Chile.

 

Los ámbitos en los cuales el Tribunal es competente para resolver, incluyen:

 

-Conocer de reclamaciones contra actos administrativos de carácter ambiental.

-Conocer demandas para la reparación del daño ambiental.

-Conceder autorizaciones a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en casos determinados.

-Otras materias que le indiquen las leyes.

 

Para facilitar el acceso a la justicia especializada, el Tribunal dispone de sistema electrónico de gestión de causas, y sistema de recepción de escritos.

 

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