La Superintendencia del Medio Ambiente impuso una multa de 46 Unidades Tributarias Anuales a raíz de una denuncia por ruidos molestos.
El empresa Teuber y Sandoval Ltda, propietaria del “Club Orquídea”, ubicado en la ciudad de Puerto Varas, interpuso ante el Tercer Tribunal Ambiental una reclamación de ilegalidad en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que en el procedimiento administrativo Rol D-071-2024, -a raíz de denuncias de vecinos- impuso una multa de 46 Unidades Tributarias Anuales (UTA) por superación a la Norma de Emisión de Ruidos.
En la audiencia, la empresa reclamante argumentó que por desconocimiento de la norma, al ser notificada de los cargos, no informó a tiempo a la SMA del programa correctivo que implementó, a pesar de que comenzó a ejecutar mejoras y medidas correctivas en el local nocturno. Indicó que, para ello, contrató a una empresa acústica que realizó un análisis para la disminución de los ruidos, a partir del cual se proyectaron trabajos con el objetivo de que el funcionamiento del local se ajustara al cumplimiento de la normativa. El reclamante solicitó al Tribunal que se revise la sanción impuesta, teniendo presente que si la SMA hubiese conocido los antecedentes señalados, podría haber absuelto a la empresa o disminuido la sanción.
La SMA indicó que la normativa indica que los actos administrativos gozarán de una presunción de legalidad y que, en este caso, la parte reclamante no ha señalado los vicios incurridos por parte de la SMA en la dictación del acto reclamado. Argumentó que al titular se le notificó personalmente de la formulación de cargos y se le informó sobre los derechos que podía ejercer en el marco del procedimiento sancionatorio, los que consideran la presentación de descargos o un programa de cumplimiento, la asistencia al cumplimiento, así como los plazos para ejercer dichos derechos. Sin embargo, añadió, el titular no aportó antecedentes que permitieran desvirtuar la infracción o disminuir la multa impuesta.
Más antecedentes de la causa en el expediente electrónico R-5-2025
